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¡Regalo de fin de año! Añaden un nuevo día descanso obligatorio para 2026

El sector financiero en México contará con un día de descanso adicional en 2026, sumando un total de 10 fechas inhábiles oficiales, además de los fines de semana

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|Pexels

De acuerdo con el calendario publicado en el Diario Oficial de la Federación, las instituciones financieras deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones durante esta nueva fecha.

Es importante señalar que esta disposición no afecta la operatividad de los cajeros automáticos ni de la banca móvil, los cuales seguirán funcionando con normalidad durante las 24 horas.

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Calendario oficial de cierres bancarios para el 2026

La lista completa de los días en que los bancos no abrirán sus puertas en 2026 incluye las siguientes fechas: el jueves 1 de enero por Año Nuevo; el lunes 2 de febrero en conmemoración de la Constitución; el lunes 16 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez; así como el jueves 2 y viernes 3 de abril por la Semana Santa. También se suspenderán labores el viernes 1 de mayo por el Día del Trabajo y el miércoles 16 de septiembre por la Independencia de México.

En la recta final del año, se aplicará el nuevo descanso del lunes 2 de noviembre por el Día de Muertos, seguido del lunes 16 de noviembre en conmemoración de la Revolución Mexicana. Finalmente, el sector cerrará el sábado 12 de diciembre por el Día del Empleado Bancario y el viernes 25 de diciembre por la festividad de Navidad.

Cabe recordar que Banco Azteca suele ser la única excepción a estos cierres, ofreciendo servicio presencial durante los 365 días del año, aunque las transferencias interbancarias podrían tardar en procesarse debido al cierre del resto del sistema.

¿Cómo se paga si trabajas en un día festivo oficial?

Para aquellos trabajadores del sector financiero que por la naturaleza de su puesto deban laborar en alguna de estas fechas, la normativa establece un esquema de pago especial. De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, los empleados tienen derecho a recibir, independientemente de su salario normal, un salario doble por el servicio prestado; es decir, se les debe cubrir un salario triple por la jornada trabajada en un día de descanso obligatorio.

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