Los pasajeros del crucero afectado por un brote de hantavirus tendrían pocas posibilidades de presentar una demanda legal contra la empresa operadora, debido a las cláusulas firmadas en los contratos de viaje. Especialistas señalan que cualquier proceso judicial relacionado con la emergencia sanitaria tendría que realizarse en Países Bajos, aunque algunas condiciones podrían considerarse abusivas bajo normas de protección al consumidor en Europa.
¿Por qué los pasajeros del crucero tendrían dificultades para demandar?
Expertos explican que la mayoría de los contratos de cruceros internacionales incluyen cláusulas que limitan la responsabilidad de las empresas en situaciones de emergencia sanitaria, enfermedades contagiosas o eventos inesperados. En este caso, el brote de hantavirus habría quedado cubierto bajo esos términos legales aceptados previamente por los viajeros al momento de comprar el paquete turístico.
Además, las condiciones establecen que cualquier reclamación debe presentarse exclusivamente en tribunales de Países Bajos, lo que complica el acceso a procesos legales para pasajeros de otros países. Aun así, especialistas en derecho internacional advierten que algunas cláusulas podrían ser impugnadas si se demuestra que existió negligencia, falta de protocolos sanitarios o incumplimiento en las medidas de seguridad dentro del barco.