Las investigaciones formales contra Aristeo Trinidad B. B. iniciaron tras una denuncia interpuesta en diciembre de 2018, lo que derivó en la apertura de la causa penal 43/200 por los delitos de violación y abuso sexual agravado en perjuicio de una menor de edad, quien al momento de los hechos denunciados tenía ocho años.
¿Cómo habrían sido los abusos sexuales contra una niña de 8 años?
De acuerdo con los antecedentes presentados por el Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razón de Género (FEM), el entorno donde presuntamente se desarrollaron los ilícitos era la casa parroquial de la iglesia Santa María de la Montaña, ubicada en la colonia Santa María. La narrativa ministerial establece que la familia de la menor mantenía una relación de confianza de 14 años con el párroco, por lo que la víctima permanecía a solas con él los domingos por la mañana mientras su padre colaboraba en las actividades previas a la celebración de la misa.
La agresión fue identificada por la propia menor el 2 de diciembre de 2018, luego de recibir una plática de orientación y prevención sexual en su institución educativa, lo que la llevó a relatar los hechos a su madre. Tras presentarse la denuncia formal ante la representación social, el afectado directo refirió en sus testimonios que el sacerdote acudió de forma particular a buscar a la familia para solicitar disculpas por las acciones señaladas, tras percatarse de que habían dejado de asistir al templo.
La detención de Aristeo B. B. se ejecutó el 9 de febrero de 2019 por parte de agentes de la Fiscalía General del Estado al interior del recinto religioso. Posteriormente, el 14 de febrero de ese mismo año, un Juez de Control dictó el auto de vinculación a proceso y ordenó su ingreso al Centro de Reinserción Social (Cereso) Estatal Número 3.
¿Qué ocurrió con la sentencia del padre y que ha pasado hasta ahora?
Diez días después de su ingreso al centro penitenciario, el 24 de febrero de 2019, la autoridad judicial modificó la medida cautelar de prisión preventiva justificada debido a argumentos relacionados con la edad avanzada del imputado. Desde esa fecha, el procesado fue autorizado a continuar el desarrollo de las etapas procesales bajo la modalidad de arraigo domiciliario.
El juicio oral comenzó formalmente el 15 de enero de 2021 tras diferirse en diversas oportunidades por solicitudes de la defensa legal para la acumulación de datos complementarios. Durante la etapa de debate, la representación social ratificó la petición de una sanción penal acumulada de 83 años de prisión, mientras que la Diócesis de Ciudad Juárez optó por mantener una postura institucional de reserva durante las etapas del desahogo jurisdiccional.
Noticias Veracruz del 16 de julio 2026
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